REGLAMENTO DE INTERNADO

I DE SU NATURALEZA

ARTICULO 1. El presente Reglamento contiene las disposiciones académicas y administrativas del internado de medicina de la universidad privada de Tacna.

ARTICULO 2. El Internado de Medicina es la etapa final de formación de los estudiantes.

ARTICULO 3. Para iniciar el Internado, el estudiante debe estar matriculado en el último año de la carrera.

ARTICULO 4. El Internado de Medicina tiene como objetivo, la formación básica para la práctica médica general y su aprobación es requisito para obtener el grado de Bachiller en Medicina.

ARTICULO 5. Constituye el marco legal del Internado de Medicina, la Ley Universitaria Nº 23733, el Estatuto y Reglamento General de la Universidad, Reglamento General de Matrícula Estudios y evaluación de la Universidad Privada de Tacna, el Reglamento de Matrícula, Estudios y Evaluación de la Facultad y los Convenios con las Instituciones Prestadoras de Salud.

ARTICULO 6. Las características del Internado de Medicina son las siguientes:
a) Es rotatorio y continuo, conformado por cuatro rotaciones:
- Cirugía
- Gineco-Obstetricia
- Pediatría
- Medicina

b) Tienen una duración de doce meses, iniciándose el 01 de Enero y terminando el 31 de diciembre del mismo año.
c) Las rotaciones tienen una duración de tres meses cada una y se desarrollarán de manera ininterrumpida salvo causas justificadas.
d) Se realizará en los establecimientos de salud con los que la Universidad tiene Convenios de Internado y/o hayan sido aceptados por la Comisión de Internado.

II DE LAS SEDES

ARTICULO 7. Las Sedes del Internado de Medicina son:
a) Hospitales y sus respectivos ámbitos de influencia.
b) Hospitales Nacionales.

ARTICULO 8. Los requisitos para la selección de las sedes, serán definidas por la Facultad de Medicina Humana a propuesta de la Comisión de Internado. Dicha sedes deberán contar con las cuatro especialidades básicas, y la participación de especialistas escolarizados preferentemente. La sede hospitalaria deberá asignar por especialidad un mínimo de cinco camas por interno.

III DE LA DISTRIBUCIÓN DE PLAZAS

ARTICULO 9. Antes de la distribución de las plazas de Internado, la Facultad de Medicina Humana publicará la lista de los estudiantes aptos, en orden de mérito, así como las plazas disponibles en cada sede y sus características.

ARTICULO 10. La distribución de las plazas del Internado se realizará la tercera semana del mes de diciembre, publicándose en el local de la Facultad el día hora y lugar con por lo menos 48 horas de anticipación, será en el local de la Facultad y con asistencia del Secretario Académico-Administrativo de la Facultad y los miembros de la Comisión de Internado.

ARTICULO 11. La distribución de plazas será por estricto orden de mérito (promedio ponderado acumulado)

ARTICULO 12. Si hubiera más de un estudiantes en el mismo orden de mérito y las plazas deseadas por los mismos en un número menor, se considerara primeramente al  alumno regular, de persistir el empate la distribución se hará  por sorteo.

ARTICULO 13. Al momento de elegir la sede, el estudiante firmará su aceptación  en el cuadro de distribución de plazas.

ARTICULO 14. El estudiante podrá ser representado por otra persona, acreditada con carta poder legalizada firmado por el propio estudiante.  En este caso el representante firmará el cuadro de distribución de plazas.

ARTICULO 15. Los estudiantes que no estén presentes o representados al momento de ser llamados para escoger su sede, perderán su turno.

ARTICULO 16. Los cambios  que se justifiquen serán solicitados por escrito al Decano, vía Comisión de Internado, adjuntando los documentos que sustenten el pedido.  Los cambios procederán, siempre y cuando exista plaza disponible. Los cambios  solo procederán hasta 48 horas tras la realización de la distribución de plazas.

ARTICULO 17. Son causales que justifican cambios:
a) Gestación
b) Enfermedad de familiares directos (padres, cónyuge o hijos)

ARTICULO 18. El estudiante que deba repetir alguna rotación, lo solicitará por escrito al Decano de la Facultad, vía Comisión de Internado. Deberá efectuar la matrícula correspondiente al nuevo periodo y los pagos por derecho de enseñanza  durante el desarrollo de la rotación desaprobada.
Se emitirá un acta final adicional y el estudiante no ingresará al ranking de la promoción.

IV DE LA ORGANIZACIÓN

ARTICULO 19. El Internado es responsabilidad de la Facultad de Medicina Humana.

ARTICULO 20. La Comisión de Internado de la Facultad es la encargada de su     administración.

ARTICULO 21. La Comisión de Internado estará integrada por: dos docentes ordinarios y un estudiante del tercio superior del 10º Ciclo de la Facultad designados por el  Consejo de Facultad.

ARTICULO 22. Cada sede deberá tener un Coordinador de Internado de acuerdo a lo convenido con el  hospital.

ARTICULO 23. Son funciones del Coordinador de Internado:
a) Programar en coordinación con los Jefes de Departamento y/o Director del establecimiento sede de Internado, las actividades de los internos.
b) Orientar, supervisar y evaluar las actividades de los internos.
c) Intervenir en caso de que existan problemas administrativos, de salud y/o disciplinarios entre los internos y el establecimiento de salud, informando al nivel correspondiente del servicio de salud y a la Comisión de Internado.
d) Otorgar los permisos no mayores de tres (3) días solicitados por los Internos por causas justificadas, poniendo en conocimiento al nivel correspondiente del servicio de salud y a la Comisión de Internado.
e) Presentar un informe anual, de carácter evaluativo a la Comisión de Internado, sobre las actividades de los internos y los aspectos relacionados con el funcionamiento de la sede respectiva.
f) Vigilar el cumplimiento estricto de los roles de trabajo asignados por la sede hospitalaria.

V MODALIDAD DE TRABAJO, HORARIOS Y ACTIVIDADES A DESARROLLAR

ARTICULO 24. El Interno de Medicina es estudiante del último año de estudios de     la Facultad de Medicina Humana.

ARTICULO 25. La modalidad de trabajo es la de docencia en servicio.

ARTICULO 26. Son responsables de las actividades del Interno:
a) La Universidad Privada de Tacna a través de la Facultad de Medicina Humana.
b) Las Instituciones administradoras de sedes de Internado.

ARTICULO 27. El horario de trabajo será establecido por el hospital sede del internado en base a la reglamentación interna correspondiente.

ARTICULO 28. La asistencia es obligatoria y será controlada según lo normado por cada sede hospitalaria.

ARTICULO 29. En caso de inasistencia al Internado, el estudiante deberá comunicar su falta por cualquier medio disponible al servicio donde está trabajando y al Coordinador de la sede.

ARTICULO 30. Las actividades del Interno serán señaladas por cada departamento en sus respectivas rotaciones en las diferentes sedes del Internado teniendo como base el silabus correspondiente en base a competencias.

VI DE LA EVALUACIÓN DE LOS INTERNOS

ARTICULO 31. Los Internos serán evaluados en las siguientes áreas:
a) Área cognoscitiva
b) Área Psicomotora
c) Área Afectiva volitiva

ARTICULO 32. Las evaluaciones de cada rotación serán refrendadas por  el Jefe de Departamento, Jefe de Servicio y Coordinador de Internos. El promedio aritmético de las notas de las cuatro rotaciones dará el promedio final del Internado. (Es requisito aprobar las cuatro rotaciones con calificación mínima de 11.)    La Facultad de Medicina remitirá al inicio del internado los formatos de evaluación respectivos a cada sede de internado.  Las fichas de evaluación deberán ser remitidas a la Facultad de Medicina Humana por el coordinador de la sede hospitalaria a más tardar el día 30 de enero de cada año.

ARTICULO 33. La evaluación académica con calificación menor a 11, invalida la respectiva rotación, debiendo repetirse.

ARTICULO 34. Se define como bajo rendimiento académico:
a) Evaluación final desaprobatoria.
b) Incumplimiento sucesivo de actividades programadas, certificada por el Coordinador de la Sede.
c) Inasistencias justificadas según lo normado por la sede hospitalaria.

VII DERECHOS Y DEBERES DE LOS INTERNOS

ARTICULO 35. Son derechos de los Internos:
a) Recibir una adecuada formación académica y profesional.
b) Tener acceso a los establecimientos de salud sede de Internado.
c) Gozar de facilidades elementales en su sede, con el fin de ejercitar satisfactoriamente sus funciones.
d) Recibir el entrenamiento, asesoría y supervisión según lo estipulado en el programa de actividades de la sede.
e) Otros señalados en el Estatuto de la Universidad Privada de Tacna.

ARTICULO 36. Son deberes de los Internos:
a) Cumplir con el reglamento y dispositivos legales vigentes sobre internado.
b) Cumplir con los reglamentos y disposiciones administrativas y académicas de los establecimiento de salud donde realice el Internado.
c) Cumplir con las actividades de docencia-servicio e investigación que se programen.
d) Actuar de acuerdo a los principios éticos y morales que enmarcan el espíritu profesional del médico.
e) Otros señalados en el Estatuto de la Universidad Privada de Tacna.

VIII DE LAS FALTAS Y SANCIONES

ARTICULO 37. Son faltas leves:
a) Impuntualidad esporádica.
b) Desatención eventual de las actividades programadas.
c) Trato indebido a miembros de la comunidad, pacientes, personal del establecimiento de salud, personal administrativo, condiscípulos y profesores.
d) Retraso en la entrega de los informes.

ARTICULO 38. Son faltas graves:
a) Negligencia en la atención o abandono de los pacientes.
b) Abandono injustificado de las actividades programadas.
c) Cobros indebidos.
d) Condena judicial por actos acaecidos dentro o fuera del horario de trabajo.
e) Falta de respeto, de palabra o hecho  a los miembros de la institución y la comunidad.
f) Apropiación ilícita de libros, informes o instrumental y/o equipo que pertenecen al establecimiento de salud, otras personas u otros organismos o instituciones.
g) Salida sin el permiso respectivo, fuera de la jurisdicción del establecimiento de salud.
h) Otras señaladas en el Estatuto y Reglamento General de la Universidad Privada de Tacna.

ARTICULO 39. Las sanciones por faltas leven son: Amonestaciones orales y por escrito serán aplicadas por el Coordinador e informadas al Jefe de Departamento y Decano de la Facultad a través de la Comisión de Internado.

ARTICULO 40. Ante una falta grave, el Coordinador de Internos emitirá un informe dirigido al Jefe de Departamento y Decano de la Facultad a través de la Comisión de Internado.

ARTICULO 41. Las sanciones por faltas graves son:
a) Separación temporal o definitiva del Internado, previo proceso disciplinario en el Tribunal de Honor.

ARTICULO 42. Es también causa de separación temporal o definitiva, enfermedad  mental que sea inhabilitante para el ejercicio de la profesión.


DISPOSICIÓN COMPLEMENTARIA

ARTICULO 43. Las situaciones no contempladas en el presente reglamento, serán resueltas por el Decano de la Facultad, dando cuenta al Consejo de Facultad y Vice Rectorado Académico.

 

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