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I
DE SU NATURALEZA
ARTICULO 1.
El presente Reglamento contiene
las disposiciones académicas y
administrativas del internado de
medicina de la universidad
privada de Tacna.
ARTICULO 2.
El Internado de Medicina es la
etapa final de formación de los
estudiantes.
ARTICULO 3.
Para iniciar el Internado, el
estudiante debe estar
matriculado en el último año de
la carrera.
ARTICULO 4. El Internado de
Medicina tiene como objetivo, la
formación básica para la
práctica médica general y su
aprobación es requisito para
obtener el grado de Bachiller en
Medicina.
ARTICULO 5. Constituye el marco
legal del Internado de Medicina,
la Ley Universitaria Nº 23733,
el Estatuto y Reglamento General
de la Universidad, Reglamento
General de Matrícula Estudios y
evaluación de la Universidad
Privada de Tacna, el Reglamento
de Matrícula, Estudios y
Evaluación de la Facultad y los
Convenios con las Instituciones
Prestadoras de Salud.
ARTICULO 6. Las características
del Internado de Medicina son
las siguientes:
a) Es rotatorio y continuo,
conformado por cuatro
rotaciones:
- Cirugía
- Gineco-Obstetricia
- Pediatría
- Medicina
b) Tienen una duración de doce
meses, iniciándose el 01 de
Enero y terminando el 31 de
diciembre del mismo año.
c) Las rotaciones tienen una
duración de tres meses cada una
y se desarrollarán de manera
ininterrumpida salvo causas
justificadas.
d) Se realizará en los
establecimientos de salud con
los que la Universidad tiene
Convenios de Internado y/o hayan
sido aceptados por la Comisión
de Internado.
II
DE LAS SEDES
ARTICULO 7. Las Sedes del
Internado de Medicina son:
a) Hospitales y sus
respectivos ámbitos de
influencia.
b) Hospitales
Nacionales.
ARTICULO
8. Los requisitos para
la selección de las sedes, serán
definidas por la Facultad de
Medicina Humana a propuesta de
la Comisión de Internado. Dicha
sedes deberán contar con las
cuatro especialidades básicas, y
la participación de
especialistas escolarizados
preferentemente. La sede
hospitalaria deberá asignar por
especialidad un mínimo de cinco
camas por interno.
III
DE LA DISTRIBUCIÓN DE PLAZAS
ARTICULO
9. Antes de la
distribución de las plazas de
Internado, la Facultad de
Medicina Humana publicará la
lista de los estudiantes aptos,
en orden de mérito, así como las
plazas disponibles en cada sede
y sus características.
ARTICULO
10. La distribución de
las plazas del Internado se
realizará la tercera semana del
mes de diciembre, publicándose
en el local de la Facultad el
día hora y lugar con por lo
menos 48 horas de anticipación,
será en el local de la Facultad
y con asistencia del Secretario
Académico-Administrativo de la
Facultad y los miembros de la
Comisión de Internado.
ARTICULO
11. La distribución de
plazas será por estricto orden
de mérito (promedio ponderado
acumulado)
ARTICULO
12. Si hubiera más de un
estudiantes en el mismo orden de
mérito y las plazas deseadas por
los mismos en un número menor,
se considerara primeramente al
alumno regular, de persistir el
empate la distribución se hará
por sorteo.
ARTICULO
13. Al momento de elegir
la sede, el estudiante firmará
su aceptación en el cuadro de
distribución de plazas.
ARTICULO
14. El estudiante podrá
ser representado por otra
persona, acreditada con carta
poder legalizada firmado por el
propio estudiante. En este caso
el representante firmará el
cuadro de distribución de
plazas.
ARTICULO
15. Los estudiantes que
no estén presentes o
representados al momento de ser
llamados para escoger su sede,
perderán su turno.
ARTICULO
16. Los cambios que se
justifiquen serán solicitados
por escrito al Decano, vía
Comisión de Internado,
adjuntando los documentos que
sustenten el pedido. Los
cambios procederán, siempre y
cuando exista plaza disponible.
Los cambios solo procederán
hasta 48 horas tras la
realización de la distribución
de plazas.
ARTICULO 17. Son causales que
justifican cambios:
a) Gestación
b) Enfermedad de familiares directos (padres, cónyuge o hijos)
ARTICULO
18. El estudiante que
deba repetir alguna rotación, lo
solicitará por escrito al Decano
de la Facultad, vía Comisión de
Internado. Deberá efectuar la
matrícula correspondiente al
nuevo periodo y los pagos por
derecho de enseñanza durante el
desarrollo de la rotación
desaprobada.
Se emitirá un acta final
adicional y el estudiante no
ingresará al ranking de la
promoción.
IV
DE LA ORGANIZACIÓN
A RTICULO
19. El Internado es
responsabilidad de la Facultad
de Medicina Humana.
ARTICULO
20. La Comisión de
Internado de la Facultad es la
encargada de su
administración.
ARTICULO
21. La Comisión de
Internado estará integrada por:
dos docentes ordinarios y un
estudiante del tercio superior
del 10º Ciclo de la Facultad
designados por el Consejo de
Facultad.
ARTICULO
22. Cada sede deberá
tener un Coordinador de
Internado de acuerdo a lo
convenido con el hospital.
ARTICULO 23. Son funciones del
Coordinador de Internado:
a) Programar en
coordinación con los Jefes de
Departamento y/o Director del
establecimiento sede de
Internado, las actividades de
los internos.
b) Orientar, supervisar
y evaluar las actividades de los
internos.
c) Intervenir en caso de
que existan problemas
administrativos, de salud y/o
disciplinarios entre los
internos y el establecimiento de
salud, informando al nivel
correspondiente del servicio de
salud y a la Comisión de
Internado.
d) Otorgar los permisos
no mayores de tres (3) días
solicitados por los Internos por
causas justificadas, poniendo en
conocimiento al nivel
correspondiente del servicio de
salud y a la Comisión de
Internado.
e) Presentar un informe
anual, de carácter evaluativo a
la Comisión de Internado, sobre
las actividades de los internos
y los aspectos relacionados con
el funcionamiento de la sede
respectiva.
f) Vigilar el cumplimiento
estricto de los roles de trabajo
asignados por la sede
hospitalaria.
V
MODALIDAD DE TRABAJO, HORARIOS Y ACTIVIDADES A DESARROLLAR
ARTICULO
24. El Interno de
Medicina es estudiante del
último año de estudios de la
Facultad de Medicina Humana.
ARTICULO
25. La modalidad de
trabajo es la de docencia en
servicio.
ARTICULO 26. Son responsables de
las actividades del Interno:
a) La Universidad
Privada de Tacna a través de la
Facultad de Medicina Humana.
b) Las Instituciones
administradoras de sedes de
Internado.
ARTICULO 27. El horario de
trabajo será establecido por el
hospital sede del internado en
base a la reglamentación interna
correspondiente.
ARTICULO
28. La asistencia es
obligatoria y será controlada
según lo normado por cada sede
hospitalaria.
ARTICULO
29. En caso de
inasistencia al Internado, el
estudiante deberá comunicar su
falta por cualquier medio
disponible al servicio donde
está trabajando y al Coordinador
de la sede.
ARTICULO
30. Las actividades del
Interno serán señaladas por cada
departamento en sus respectivas
rotaciones en las diferentes
sedes del Internado teniendo
como base el silabus
correspondiente en base a
competencias.
VI
DE LA EVALUACIÓN DE LOS INTERNOS
ARTICULO 31. Los Internos serán
evaluados en las siguientes
áreas:
a) Área cognoscitiva
b) Área Psicomotora
c) Área Afectiva
volitiva
ARTICULO
32. Las evaluaciones de
cada rotación serán refrendadas
por el Jefe de Departamento,
Jefe de Servicio y Coordinador
de Internos. El promedio
aritmético de las notas de las
cuatro rotaciones dará el
promedio final del Internado.
(Es requisito aprobar las cuatro
rotaciones con calificación
mínima de 11.) La Facultad de
Medicina remitirá al inicio del
internado los formatos de
evaluación respectivos a cada
sede de internado. Las fichas
de evaluación deberán ser
remitidas a la Facultad de
Medicina Humana por el
coordinador de la sede
hospitalaria a más tardar el día
30 de enero de cada año.
ARTICULO
33. La evaluación
académica con calificación menor
a 11, invalida la respectiva
rotación, debiendo repetirse.
ARTICULO 34. Se define como bajo
rendimiento académico:
a) Evaluación final
desaprobatoria.
b) Incumplimiento
sucesivo de actividades
programadas, certificada por el
Coordinador de la Sede.
c) Inasistencias
justificadas según lo normado
por la sede hospitalaria.
VII
DERECHOS Y DEBERES DE LOS INTERNOS
ARTICULO 35. Son derechos de los
Internos:
a) Recibir una adecuada
formación académica y
profesional.
b) Tener acceso a los
establecimientos de salud sede
de Internado.
c) Gozar de facilidades
elementales en su sede, con el
fin de ejercitar
satisfactoriamente sus
funciones.
d) Recibir el
entrenamiento, asesoría y
supervisión según lo estipulado
en el programa de actividades de
la sede.
e) Otros señalados en el
Estatuto de la Universidad
Privada de Tacna.
ARTICULO 36. Son deberes de los
Internos:
a) Cumplir con el
reglamento y dispositivos
legales vigentes sobre
internado.
b) Cumplir con los
reglamentos y disposiciones
administrativas y académicas de
los establecimiento de salud
donde realice el Internado.
c) Cumplir con las
actividades de docencia-servicio
e investigación que se
programen.
d) Actuar de acuerdo a
los principios éticos y morales
que enmarcan el espíritu
profesional del médico.
e) Otros señalados en el
Estatuto de la Universidad
Privada de Tacna.
VIII
DE LAS FALTAS Y SANCIONES
ARTICULO 37. Son faltas leves:
a) Impuntualidad
esporádica.
b) Desatención eventual
de las actividades programadas.
c) Trato indebido a
miembros de la comunidad,
pacientes, personal del
establecimiento de salud,
personal administrativo,
condiscípulos y profesores.
d) Retraso en la entrega
de los informes.
ARTICULO 38. Son faltas graves:
a) Negligencia en la
atención o abandono de los
pacientes.
b) Abandono
injustificado de las actividades
programadas.
c) Cobros indebidos.
d) Condena judicial por
actos acaecidos dentro o fuera
del horario de trabajo.
e) Falta de respeto, de
palabra o hecho a los miembros
de la institución y la
comunidad.
f) Apropiación ilícita
de libros, informes o
instrumental y/o equipo que
pertenecen al establecimiento de
salud, otras personas u otros
organismos o instituciones.
g) Salida sin el permiso
respectivo, fuera de la
jurisdicción del establecimiento
de salud.
h) Otras señaladas en el
Estatuto y Reglamento General de
la Universidad Privada de Tacna.
ARTICULO
39. Las sanciones por
faltas leven son: Amonestaciones
orales y por escrito serán
aplicadas por el Coordinador e
informadas al Jefe de
Departamento y Decano de la
Facultad a través de la Comisión
de Internado.
ARTICULO
40. Ante una falta
grave, el Coordinador de
Internos emitirá un informe
dirigido al Jefe de Departamento
y Decano de la Facultad a través
de la Comisión de Internado.
ARTICULO 41. Las sanciones por
faltas graves son:
a) Separación temporal o
definitiva del Internado, previo
proceso disciplinario en el
Tribunal de Honor.
ARTICULO
42. Es también causa de
separación temporal o
definitiva, enfermedad mental
que sea inhabilitante para el
ejercicio de la profesión.
DISPOSICIÓN COMPLEMENTARIA
ARTICULO
43. Las situaciones no
contempladas en el presente
reglamento, serán resueltas por
el Decano de la Facultad, dando
cuenta al Consejo de Facultad y
Vice Rectorado Académico.
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